viernes, agosto 28, 2009

Periodistas en la simulación laboral


Periodistas en la simulación laboral

Nelly Olivos

nelly24olivos@yahoo.com.mx

* Laboran en condiciones muy adversas * Salarios miserables * Jornadas de trabajo extenuantes * Despidos injustificados * Archivadas en San Lázaro iniciativas de ley * Propuestas legislativas en Baja California y Oaxaca * Buscan que el gobierno asuma responsabilidades patronales

Durante décadas el modelo neoliberal implantado en nuestro país ha ido modificando el sistema laboral conduciéndonos a un esquema de simulación laboral.

De esta gran ficción no estamos exentos los comunicadores sociales. Aproximadamente 30 mil periodistas laboran en las casi dos mil estaciones de radio y televisión, en los cientos de publicaciones periódicas y en los nuevos medios multimedia (internet), en condiciones laborales adversas.

Según datos del Observatorio Laboral de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), correspondientes al período enero-diciembre de 2007, un recién egresado de la carrera de ciencias de la comunicación en promedio ganaba 7 mil 298 pesos. Por su parte, la investigación Condiciones laborales de las y los periodistas en México, elaborada por Comunicación e Información de la Mujer (CIMAC), señala que “el 41 por ciento de los hombres percibe un salario mínimo profesional, que va desde los 148 a los 157 pesos diarios, en tanto esta remuneración la recibe el 21 por ciento de las periodistas.”

Para el presente año, la Comisión Nacional de Salarios Mínimos fijó el sueldo del “reportero (a) en prensa diaria impresa” en $164.18, para la zona geográfica A; $160.03, para la zona B, y $155.38 para la zona C. Siendo éste, justamente, el sueldo más alto establecido por dicha comisión.

Una profesión de tanta responsabilidad como es la del periodista, debería estar acompañada de una estabilidad económica que permita a los profesionales de los medios de comunicación, como se cita en la Ley Federal del Trabajo, “… satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural y para proveer la educación obligatoria de los hijos”, como a cualquier otro trabajador.

Lamentablemente, el panorama no es optimista para los miles de trabajadores, en general, ni mucho menos para los periodistas que acostumbrados a defender las causas más nobles han dejado de lado su propia lucha laboral.

En agosto de 2006, los entonces diputados Maki Esther Ortiz Domínguez y Evaristo Corrales Macías, del Partido Acción Nacional (PAN), presentaron una iniciativa que adiciona el capítulo IX-Bis a la Ley Federal del Trabajo, justamente en el apartado de Trabajos Especiales, así como los artículos 291-A, 291-B, 291-C, 291-D, 291-E, 291-F y 291-G de dicha ley con la intención de otorgar derechos laborales a los periodistas.

Es necesario señalar que en la legislación vigente están contemplados como trabajos especiales los de deportistas profesionales, actores y músicos, entre otros. ¿A caso no es la profesión de periodista tan importante como las citadas anteriormente para contemplar situaciones específicas de trabajo?

En la exposición de motivos de la propuesta de los entonces legisladores panistas encontramos la respuesta:

“Los informadores no tienen horario; la noticia sucede dentro de lo inesperado. Para los informadores no hay día ni noche, se ven obligados a separarse de la familia; siempre se encuentran en primera línea, en el frente, en la trinchera o la barricada. Su profesión es de gran riesgo y así como tienen el privilegio de vivir la historia, están expuestos a sucumbir en sus tragedias.”

Entre los puntos importantes de dicha propuesta es necesario resaltar el artículo 291-F, que establece la prohibición de exigir a los trabajadores realizar actividades que puedan poner en peligro la salud o la vida, lo que significa que los encargados de cubrir los temas de seguridad o narcotráfico no estarían obligados a reportear dichos temas, pues los colocan en una grave situación de riesgo.

El senador panista Marko Antonio Cortés fue más allá y presentó, el año pasado, una iniciativa para crear la Ley de la Libertad de Conciencia de los Profesionales de la Información, que en esencia establece que los periodistas podrán concluir su relación laboral con la empresa en cuanto exista “un cambio sustancial de la línea informativa o editorial o se ordenen funciones que sean un conflicto con la orientación profesional del informador” y solicitar la indemnización correspondiente si llegara a presentarse tal situación.

De acuerdo a la investigación del Sindicato Nacional de Redactores de la Prensa (SNRP), Documentación, educación y promoción de los derechos humanos de los periodistas, el despido injustificado de los periodistas es uno de los primeros tres problemas que los profesionales de la información han enfrentado en su vida laboral.

Las buenas intenciones

Recientemente el Ejecutivo y el Legislativo de algunas entidades federativas han volteado a ver a los periodistas, más allá del constante tema de las agresiones que viven día a día, y han trabajado en propuestas para mejorar las condiciones del trabajo periodístico. Tal es el caso de Oaxaca con la iniciativa de Ley de Fomento a la Actividad Periodística del Estado y de Baja California con la propuesta de crear la Ley de Derechos y Bienestar Social del Periodista, por citar tan sólo dos ejemplos.

Ambas propuestas legislativas tienen como factor común que el gobierno del estado asuma parte de las responsabilidades que corresponden al patrón.

En el caso de Oaxaca se busca establecer que el gobierno celebre convenios, a través de la Secretaría de Salud, con las diversas organizaciones de periodistas con el propósito de “ofrecer atención médica gratuita al propio comunicador y a sus familiares consanguíneos en línea directa, ofreciéndose estos servicios en los hospitales de jurisdicción”.

Por su parte, la Ley de Derechos y Bienestar Social del Periodista, de Baja California, propone como uno de los derechos de los periodistas “el acceso a los servicios de salud pública o privados con los que el estado haya convenido para tal efecto”.

En particular, los ejemplos señalados con anterioridad dejan ver una pretensión de crear un sistema de dádivas entre periodistas y gobierno, pues no está clara quienes va a determinar el acceso a estos servicios. En el momento que un periodista sea considerado incómodo para las autoridades los derechos le pueden ser negados, alegando numerosos pretextos.

Largas y extenuantes jornadas de trabajo, salarios miserables y desconocimiento de sus derechos, son elementos que conforman la realidad laboral de los periodistas en nuestro país; si a esta deplorable situación le agregamos los incidentes de agravios a informadores (asesinatos, desapariciones, amenazas, censura, etcétera) tenemos como resultado un ejercicio del periodismo amenazado.

Texto publicado originalmente en la revista http://www.forumenlinea.com/

jueves, agosto 27, 2009

Consultorio de Acceso a la Información Pública y Libertad de Expresión

Estimados colegas:

Los periodistas mexicanos ya tienen a su disposición un consultorio virtual para despejar sus dudas sobre acceso a información pública y temas relacionados a la libertad de expresión. Las consultas estarán atendidas por la Dra. Perla Gómez, abogada y especialista en estos temas.

Esperamos que los colegas mexicanos puedan aprovechar este servicio personalizado. Para navegar a través del portal, visiten: www.caiplex.org.

Saludos cordiales,

Isaac Itman Deputy Director

Knight International Journalism Fellowships

T 202.349.7603 F 202.737.0530, www.icfj.org

International Center

for Journalists

Advancing Quality Journalism Worldwid

martes, agosto 25, 2009

Emiten recomendación por ataques a periodistas

Emiten recomendación general a autoridades por ataques a periodistas

Está dirigida a gobernadores, titular de PGR y al procurador de Justicia Militar: CNDH.

Notimex

Publicado: 25/08/2009 10:50

México, DF. La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación general a las autoridades de distintos órdenes y niveles de gobierno "sobre los casos de agresiones a periodistas y la impunidad prevaleciente en ellos".

La recomendación, publicada en el Diario Oficial de la Federación, está dirigida a los gobernadores de los estados, al jefe de Gobierno del Distrito Federal, al procurador general de la República y al procurador general de Justicia Militar.

En el documento, la CNDH señaló que de enero de 1991 a julio de 2009 se iniciaron 737 expedientes relacionados con agresiones a periodistas, de los cuales 492 se registraron en los últimos nueve años, cifra que equivale a 54 casos por año.

Indicó que las autoridades encargadas de procurar justicia han incurrido en "dilación y deficiente integración de las indagatorias" respectivas a los casos de agresiones contra periodistas y medios de comunicación.

Además, advirtió que existe "una generalizada propensión" de las autoridades a descartar de antemano que las agresiones a los comunicadores sean motivadas por el ejercicio de su labor.

Por tal motivo, la CNDH emitió la recomendación general número 17, a fin de que las autoridades encargadas de la procuración de justicia promuevan cambios a las disposiciones legislativas y reglamentarias que redunden en una mejor protección a los derechos humanos.

También recomienda que se tomen las medidas necesarias para impulsar una lucha decidida, frontal y permanente contra la impunidad, a fin de que se resuelvan las indagatorias para el esclarecimiento de los homicidios, desapariciones forzadas, atentados con explosivos, amenazas y demás agravios contra periodistas.

domingo, agosto 09, 2009

La SSP pone en riesgo a los periodistas de Proceso


La SSP pone en riesgo a los periodistas de Proceso

El semanario Proceso interpuso una queja ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) debido a que la Secretaría de Seguridad Pública federal, a cargo de Genaro García Luna, lo vinculó con la organización delictiva conocida como La Familia.

El recurso fue promovido el pasado martes 4 ante la Quinta Visitaduría de la CNDH, encargada del Programa de Agravios a Periodistas y Defensores Civiles de Derechos Humanos.

De proceder la queja, la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) deberá explicar a la visitaduría por qué decidió incluir cuatro ediciones de la revista como parte de los recursos asegurados a una célula del mencionado grupo armado, que de acuerdo con la depen dencia los utilizaba para cometer actos de delincuencia organizada.

Además, tendrá que explicar su decisión de difundir un video con el fragmento de un interrogatorio en el que uno de los detenidos supuestamente pone énfasis en la utilización de la revista por el grupo que encabeza Servando Gómez Martínez, La Tuta, enemigo declarado de García Luna (Proceso 1709).

Esos hechos, “que considero violatorios a los derechos humanos de los integrantes y directivos de la revista… pueden poner en riesgo la integridad física de los que laboramos en Proceso”, dice en el texto de la queja el director de esta publicación, Rafael Rodríguez Castañeda.

Enseguida explica que, al exhibir ediciones de la revista dentro del contexto de los delitos que se atribuyen a los detenidos, la autoridad puede tener la intención de limitar o afectar el derecho a la libertad de expresión, el honor de los periodistas y la imagen de Proceso. Además, enfatiza, puede considerarse como una presión o censura indirecta contra la línea editorial de la revista.

En las ediciones de Proceso mostradas por la SSP como parte de los recursos utilizados por el grupo para cometer delitos, y mencionadas en el interrogatorio, se publicaron reportajes sobre los problemas de la Policía Federal, que depende de García Luna, para enfrentar a La Familia.
La queja también advierte de otros efectos negativos que pueden tener las acciones de la SSP respecto a Proceso:
“En función de los antecedentes corroborados por organizaciones defensoras de periodistas, respecto a las agresiones a periodistas y medios de comunicación por parte de diversos grupos y organizaciones delictivas que se sienten afectadas por alguna publicación, consideramos que la actuación de la autoridad coloca en un riesgo al personal y a las instalaciones de la revista.”

De acuerdo con esta queja, la SSP pudo haber contravenido el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho a la información, protegidos por los artículos sexto y séptimo de la Constitución Política.

El artículo sexto señala que “la manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa”, salvo que ataque a terceros, provoque algún delito o perturbe el orden público.

El séptimo dice que “es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia”, sin más límite que el respeto a la vida privada, la moral y la paz pública.

Esas garantías están previstas también en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y la Declaración de los Principios sobre Libertad de Expresión, instrumentos suscritos por México ante la comunidad internacional.

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